AFIP. Sólo se podrán solicitar dos planes de pago por la RG 3827

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la publicación de la Resolución General 3837 vuelve a ajustar el plan de pagos permanente de impuestos.
Sin lugar a dudas las modificaciones establecidas surgen por el escándalo que produjo en la opinión pública los planes que se le habían otorgado al grupo Indalo.
El problema es que siempre en este país los justos terminan pagando por los pecadores.
Entre las modificaciones realizadas se ha introducido una limitación importante y que afecta sobre todo a las pequeñas empresas.
La limitación en cuestión es reducir la posibilidad de solicitar sólo dos planes de pago de la Resolución General 3827.
La realidad de hoy es que existen infinidad de Pymes que tienen una estrechez financiera motivada por el cierre de la financiación bancaria, las exorbitantes tasas de interés y la caída de la actividad, y que solo se mantenían presentando en plan de pago los pasivos mensuales.No hablamos de monstruos sino de Pymes de 6 o 7 empleados que esto es directamente un golpe de knockout.

 Mientras el Presidente Mauricio Macri junto al Presidente de USA hablaron de la importancia de las PyMes, pareciera que no todos entienden la relevancia que tiene el sector lechero.
MODIFICACIONES:
Plan de Financiación Permanente – Modificatoria
La
Resolución General N° 3.837 incorpora una serie de modificaciones para el plan de pagos establecido por laResolución General 3.827 a fines de realizar determinadas adecuaciones normativas sin desnaturalizar el espíritu del aludido régimen de facilidades de pago. Las modificaciones son las siguientes: 

Quedan excluidas las obligaciones de sujetos denunciados penalmente por esta Administración Federal por los delitos previstos en las Leyes Nº 22.415, Nº 23.771 o Nº 24.769 y sus respectivas modificaciones, o por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, y a los imputados por cualquiera de los mencionados delitos, siempre que se haya dictado el respectivo auto de elevación a juicio, en los casos en que la denuncia hubiera sido formulada por un tercero.
Se incorporan dos nuevas condiciones para el cálculo de las tasas de interés del Plan de Financiación Permanente, vigentes a partir del 1 de abril de 2016:
Deudas a regularizar vencidas en el mes de la solicitud de adhesión y/o mes anterior, por contribuyentes con ingresos anuales de hasta NOVENTA Y UN MILLONES DE PESOS ($ 91.000.000.-), inclusive: Tasa efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) Canal electrónico para depósitos a Plazo Fijo en Pesos en el Banco de la Nación Argentina a CIENTO OCHENTA (180) días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un CUATRO POR CIENTO (4%) nominal anual.
Deudas a regularizar vencidas en el mes de la solicitud de adhesión y/o mes anterior, por contribuyentes con ingresos anuales superiores a NOVENTA Y UN MILLONES DE PESOS ($ 91.000.000.-): Tasa efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) Canal electrónico para depósitos a Plazo Fijo en Pesos en el Banco de la Nación Argentina a CIENTO OCHENTA (180) días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un OCHO POR CIENTO (8%) nominal anual.”
No podrá solicitarse una nueva adhesión al presente régimen cuando existan en forma concurrente DOS (2) planes de facilidades de pago de los tipos A, E1 y E2 indicados en el Anexo II cuando se encuentren vigentes y/o de cualquiera de los planes de la presente resolución general cuando se encuentren caducos y la fecha de caducidad se hubiera registrado en el sistema “MIS FACILIDADES” dentro de los DOCE (12) meses anteriores a la fecha en que se realiza la presentación, incluido el mes de esta última.

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6 Responses

  1. Lamentablemente siempre lo han hecho, el gobierno anterior habilitó dos planes con amplia financiación y a muy baja tasa para amigos empresarios del poder. Uno el Grupo INDALO otro la empresas del empresariohoy preso Sr Baez.
    Quisiera que algun día las PYME y los giles que las asesoramos podamos trabajar con tranquilidad y armonía.
    Gracias

  2. Como hacemos para hacer frente a los sueldos, los impuestos,los servicios, poco trabajo falta de materia prima ,Mis facilidades no era una solución pero su un paliativo.

    Podemos recurrir de alguna forma a Afip para expresar nuestra desconformidad.

  3. mi consulta es la siguiente: puedo cancelar anticipadamente un plan de pago…..con el fin de realizar otro plan de pago por la rg 3827

  4. La verdad que con estas resoluciones, se destruye a las pymes, pero esto parece que el gobierno no lo ve. Yo los vote, pero me estoy arrepintiendo, por su politica economica erratica

  5. Realmente es preocupante el accionar de éste gobierno – yo lo vote “estoy arrepentido”- esta destruyendo las pymes con los tarifazos, y la presión impositiva. cuando tiene que dar una mano financieramente con los planes se hace al distraido – lamantable –

  6. Lamentablemente este gobierno (yo lo vote) en ningun momento con las normativas impositivas y previsionales, les puede dar una mano financieramente a las pymes; a través de los planes limitados que ofrece.- Tampoco podemos recurrir a las instituciones financieras por los altos costo del dinero. (Menos CEos y mas gente que piensen).

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